Apoyamos a nuestros clientes en el cumplimiento de la legislación sobre Precios de Transferencia, por eso nos encargamos de la ejecución de todas las fases que comprende la elaboración del Reporte Local, Reporte Maestro y Reporte País por País; así como el apoyo en la asesoría integral que sustenta el test de beneficio, planeamientos en materia de precios de trasferencia y asesoría en fiscalizaciones en la materia.

 

Nuestros Servicios

Nuestro equipo ofrece los siguientes servicios:

Se encuentran obligados a la presentación del mencionado reporte, los contribuyentes que durante el ejercicio gravable al que corresponda la declaración, cumplan lo siguiente:

i)          Obtengan ingresos devengados superiores a 2300 UIT; y,

ii)         Realicen transacciones dentro del ámbito de aplicación, cuyo monto total sea igual o mayor a 100 UIT (Anexo I) y 400 UIT (Anexo II, III y IV)

 

Elaboramos el Reporte Local, de acuerdo con las exigencias de la norma local y las prácticas en materia de precios de transferencia con la finalidad de garantizar si las operaciones cumplen con el principio de arm’s length o de plena competencia.

Se encuentran obligados a la presentación del mencionado reporte, los contribuyentes que sean integrantes de un Grupo y que durante el ejercicio gravable al que corresponda la declaración, cumplan lo siguiente:

 

iii)        Obtengan ingresos devengados superiores a 20,000 UIT; y,

iv)        Realicen transacciones con partes vinculadas y/o paraísos fiscales, cuyo monto total sea igual o mayor a 400 UIT.

 

Elaboramos el Reporte Maestro, teniendo en consideración las exigencias de la norma local y las prácticas en materia de precios de transferencia de acuerdo con las disposiciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

 

Se encuentran obligados aquellos contribuyentes que obtengan ingresos devengados, mayores o iguales a S/ 2,700 millones según los estados financieros consolidados que la matriz del Grupo Multinacional deba formular.

 

Brindamos apoyo en la realización del Reporte País por País teniendo en consideración las exigencias de la norma local y las prácticas en materia de precios de transferencia de acuerdo con las disposiciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE); así como la asesoría en la presentación del Reporte ante la Autoridad Fiscal.

 

Nos comprometemos a apoyar a nuestros clientes en la asesoría integral que sustenta el test de beneficio y fehaciencia de los servicios intragrupo, con la finalidad de sustentar la deducibilidad del costo y/o gasto. El mencionado test deberá recoger entre los principales apartados lo siguiente:

 

- Revisión del servicio obtenido de los servicios intragrupo.

 

    a) Prestación efectiva del servicio.

    b) Beneficio tangible de la recepción del servicio.

    c) Actividades relacionadas al accionista

 

- Revisión de la no duplicidad de los servicios intragrupo recibidos.

- Caracterización de los servicios intragrupo.

- Revisión de la información financiera segmentada del prestador de los servicios intragrupo.

 

 

Brindamos una asesoría integral en la Declaración Jurada del Beneficiario Final de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo N°1372, reglamentado por el Decreto Supremo 003-2019, y puesto en operatividad a través de la Resolución de Superintendencia N° 185-2019/SUNAT, por lo cual las personas jurídicas y/o entes jurídicos domiciliadas en el Perú tienen la obligación de presentar una Declaración Jurada Informativa que señale sus beneficiarios finales.

 

 

Brindamos un servicio integral que incluye el diagnóstico, estrategia de defensa y acompañamiento en procesos de fiscalización, a fin de brindar una adecuada asesoría a nuestros clientes frente a fiscalizaciones o requerimientos de la Administración Tributaria en materia de precios de transferencia.

Walter Ruiz
Director del área de Precios de Transferencia
Walter Ruiz